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El Procurador General de la Nación comunica:


La medida de suspensión provisional por el término de hasta 3 meses, inicialmente, que dispone la autoridad en el trámite de una investigación disciplinaria es de inmediato cumplimiento para el investigado, tal como lo dispone el artículo 217 del Código General Disciplinario.

La Corte Constitucional en diversas sentencias ha dejado claro que la medida de suspensión provisional impuesta al servidor público debe ser cumplida de forma inmediata, pues, no requiere acto de ejecución.

Así, surtida la comunicación de la decisión al servidor público suspendido provisionalmente, inclusive aquellos de elección popular, en caso de continuar haciendo uso del cargo o la función incurre en la falta disciplinaria gravísima prevista en el numeral 8° del artículo 55 del Código General Disciplinario, pues así lo consideró el legislador al señalar como una de las faltas relacionadas con la función pública, continuar ejerciendo las funciones propias del empleo que desempeñe, a sabiendas de la existencia de una decisión de carácter provisional que lo suspende.

Por tal motivo, el suspendido no puede excusarse de acatarla, argumentando  encontrarse en una situación administrativa como permiso, licencia o vacaciones o la ausencia de la notificación del acto administrativo que emita la autoridad que por ley le corresponda suplir la vacancia, por cuanto, esta última actuación tiene como finalidad garantizar la continuidad en el servicio, más no impide el cumplimiento de la medida, toda vez, que la misma que surte efecto para el investigado desde el momento en que se le comunica la decisión.

Finalmente, se recuerda que la medida de suspensión provisional tiene como objetivo la protección del recto ejercicio de la función pública, por cuanto, impide que el investigado pueda continuar o reiterar el comportamiento u obstruir el trámite del proceso. En definitiva, incumplir la orden impuesta significaría atentar contra el ordenamiento jurídico y poner en duda la autonomía de este órgano de control. 

GREGORIO ELJACH PACHECO

PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN

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